Cobra tu accidente laboral

Es una empresa de servicios para accidentados laborales, que cuenta con un equipo de abogados expertos en la materia.

Cuando sufres un accidente de trabajo, son muchas las dudas que te pueden surgir, nosotros te asesoramos en todo el proceso para que estés protegido en todo momento.

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Describa brevemente cómo fue su accidente y qué lesiones tiene.

COBRA TU ACCIDENTE LABORAL

Es una empresa de servicios para accidentados laborales, que cuenta con un equipo de abogados expertos en la materia.

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COBRA TU INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE LABORAL

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Primeros pasos en caso de accidente

• De haber persona herida, dar parte urgente a los servicios de emergencia (teléfono 112 válido para toda España), en cuyo centro coordinaran los efectivos sanitarios, bomberos y policiales necesarios para atender al accidentado.
• En caso de asistencia médica, declarar al médico que asista a la víctima donde ocurrió el accidente y que éste fue en horario de trabajo (incluso en los casos de desplazamientos habituales para ir y regresar del trabajo).
• Obtener copia del parte de urgencias de atención médica.
Prueba del accidente: tomar fotografías y video, incluso a través del teléfono móvil del lugar del accidente y de la víctima

INSPECCIÓN DE TRABAJO

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, la empresa está obligada a comunicar dicho accidente a la autoridad laboral en el plazo de 5 días si es leve, ó 24 horas si es grave, muy grave o mortal. 

En muchas ocasiones las empresas comunican los accidentes como leves, dado que los mismos no suelen ser investigados por la Inspección de Trabajo. 

Al ponerse en manos de nuestros Letrados, garantizamos que la Inspección de Trabajo inicie las actuaciones de investigación a la mayor brevedad. 

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CURACIÓN

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, con independencia del Hospital al que acuda para la asistencia de urgencias, la curación de sus lesiones será llevada a cabo por la Mutua de accidentes de trabajo que tenga concertada la empresa. 

Según la descripción legal, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios “sin ánimo de lucro”, autorizadas por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Tienen como finalidad colaborar en la gestión de las contingencias de accidente de trabajo y la enfermedad profesional del personal a su servicio.

No obstante, según nuestra experiencia, las Mutuas de accidentes tienen intereses económicos directos derivados de los accidentes laborales, y en muchas ocasiones esos intereses chocan de frente con los del trabajador, que verá cómo la Mutua reduce la curación, elude realizar intervenciones quirúrgicas, da el alta laboral y médica antes de tiempo, evita iniciar procesos de incapacidad permanente.

Nuestros Abogados le asistirán y asesorarán en todo el proceso y defenderán sus intereses en todos los casos en los que la Mutua emita resoluciones que perjudiquen sus intereses.

SECUELAS

Los accidentes laborales ocasionan la baja laboral del trabajador e incluso secuelas temporales o definitivas, sin olvidar las posibles incapacidades del lesionado. Estos procesos de curación y secuelas deben ser seguidos y documentados.

Las empresas contratistas suelen asegurar los accidentes laborales con entidades de seguros, las cuales defienden que las lesiones y secuelas de la mayoría de los accidentes, no existen, o no son tan graves, y se deben exclusivamente a manifestaciones subjetivas de los lesionados.

¡NUESTRO INTERÉS, ES QUE SE RECONOZCAN TODAS LAS LESIONES Y SECUELAS EXISTENTES!

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LIBRE ELECCIÓN DE ABOGADO

La víctima de un accidente de trabajo ha de estar informada de sus derechos, entre los que destaca que tiene libre elección de Abogado para negociar su indemnización. Un abogado especialista es fundamental para el buen resultado del asunto. El abogado deberá controlar muchos aspectos colaterales que pueden incidir en el resultado final. ¿El accidente se ha producido durante la jornada de trabajo, o fuera de el?; ¿Quién emite la baja laboral?, ¿es compatible la indemnización con estar de alta laboral?, etc…

¡NOSOTROS TE PROPORCIONAMOS AL MEJOR ABOGADO ESPECIALISTA!

ELEMENTOS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA EMPRESA

Este es un aspecto importantísimo en los accidentes laborales. Que el trabajador cuente con los sistemas individuales y colectivos de seguridad en el trabajo. El empresario está obligado a proporcionárselos. Es fundamental acreditar la ausencia de la debida seguridad.

Nuestros Letrados son especialistas en seguridad y salud en el trabajo, así como en todas las especialidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales, lo que nos permite darle uno de los servicios más completos y especializados en materia de accidentes laborales.

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INDEMNIZACIÓN

El accidente laboral implica el derecho del trabajador lesionado a ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos durante el ejercicio de su actividad profesional.

Nuestros Abogados son expertos en responsabilidad civil y derecho del daño en el entorno de los accidentes laborales, por lo que lucharán por las máximas indemnizaciones que permita la Ley. 

NUESTROS LETRADOS DEFENDERÁN SUS INTERESES PARA EL COBRO DE LA MAYOR INDEMNIZACIÓN QUE PERMITA LA LEY

RECARGOS DE PRESTACIONES

Además de la indemnización, el accidente laboral puede conllevar para el trabajador el derecho a percibir un recargo de las prestaciones, siempre que se acredite que la empresa ha cometido un incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales.

Si se cumplen los requisitos, nuestros Letrados lucharán para que la empresa abone al trabajador entre un 30 y un 50% más de indemnización, por este concepto.

MEJORAS DEL CONVENIO COLECTIVO

Algunos convenios colectivos regulan la obligación de la empresa de indemnizar al trabajador accidentado en caso de que se derive para él una situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, mediante cantidades pactadas o, incluso con coberturas de seguros que indemnizan por incapacidad.

NUESTROS ABOGADOS DEFENDERÁN SUS INTERESES PARA EL COBRO DE LAS CUANTÍAS QUE REGULEN LOS CONVENIOS COLECTIVOS

SERVICIOS PARALELOS:

Un accidente laboral además de las lesiones, puede conllevar situaciones muy desagradables para el trabajador, dado que la empresa a veces decide despedirlo, dejar de pagarle o darlo de baja en la seguridad social.

Nuestros Letrados defenderán al trabajador accidentado en todos los frentes en los que estén en juego sus derechos e intereses, en supuestos de despidos, reclamaciones de salarios, impugnaciones de alta, incapacidad, etc.

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CASOS DE ÉXITO

En un porcentaje del 95% aproximadamente, conseguimos para nuestros clientes una indemnización satisfactoria. Estos son algunos de nuestros casos de éxito.

J.P.R

Nacionalidad española, operario de residuos sólidos urbanos, se accidentó quedando atrapado en un contenedor soterrado de basuras. Indemnización 265.000 € más un importe de 125.000 € en materia de recargo de prestaciones. A este trabajador se le consiguió la Incapacidad Total Permanente y además el importe de 35.000 € de mejoras del convenio.

A.S.I

Nacionalidad rumana, operario de construcción de invernaderos, cayó desde altura desde un invernadero a unos 5 metros de altura, mientras estaban tendiendo plásticos. Indemnización de 178.000 €. A este trabajador se le consiguió la Incapacidad Total Permanente y además el 30% de recargo de prestaciones.

A.F.G

Nacionalidad española, conductor de camión, se accidentó al caerle encima una torre de palés cuando estaba recolocándolos en el interior del camión. Indemnización de 80.024,89 €. A este trabajador se le consiguió la Incapacidad Total Permanente y además el 30% de recargo de prestaciones.

M.V.J

Nacionalidad española, peón de la construcción, se accidentó al caer al mismo nivel debido a la falta de orden y limpieza, entre otras infracciones. Indemnización de 90.000 €. A este trabajador se le consiguió la Incapacidad Total Permanente y además el 30% de recargo de prestaciones. Se le consiguió también el importe de 28.000 € de mejoras de convenio.

D.P.R

Nacionalidad española, instalador de telecomunicaciones, se cayó al subir a un árbol para desenganchar un cable. Indemnización de 71.000 €. A este trabajador se le consiguió la Incapacidad Total Permanente. Actualmente estamos luchando para conseguirle el 30% de recargo de prestaciones. Además ha obtenido el importe de 28.000 € de mejoras de convenio.

J.M.M.P.

Nacionalidad española, encofrador. Sufrió un accidente durante la jornada de trabajo al caerle un muro en la caseta de obra, con graves daños corporales. Obteniendo una indemnización total de 1.128.000 €, se le consiguió además una gran invalidez.

O.P.C.

Nacionalidad colombiana, Limpiadora de un Colegio Público, accidente laboral por caída desde una silla mientras limpiaba la parte alta de un armario. Indemnización de 110.000€.

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